ARQUIDIÓCESIS PRIMADA DE MÉXICO
DECRETO N⁰ 008/2026

JOSÉ ROBERTO CARD. DELGADO OC-M
POR GRACIA DE DIOS Y VOLUNTAD DE LA SEDE APOSTÓLICA
ARZOBISPO PRIMADO DE MÉXICO

Al clero, religiosos, laicos y a todo aquel que lea esto, Salud y Bendiciones de Dios y de Nuestro Señor Jesucristo.

Prot. N.⁰ 008/2026

CONSIDERANDO que, la dignidad de nuestra Santa Iglesia Catedral Metropolitana de la Asunción de la Santísima Virgen María a los Cielos, como iglesia madre de nuestra Provincia Eclesiástica, requiere de un colegio de sacerdotes que, con dedicación y decoro, aseguren la continuidad de la alabanza divina y el esplendor de la liturgia romana;

CONSIDERANDO que, la vitalidad pastoral de nuestra Arquidiócesis demanda un cuerpo consultivo de presbíteros de probada ciencia y virtud, que asistan al Arzobispo en las funciones propias de la sede metropolitana, conforme a las prescripciones del Código de Derecho Canónico;

CONSIDERANDO que, en cumplimiento de las normas establecidas por el Código de Derecho Canónico, corresponde al Cabildo de Canónigos la alta responsabilidad de velar por la dignidad de la vida litúrgica en la Santa Iglesia Catedral, así como prestar su consejo y apoyo en la gestión y el dinamismo pastoral de la sede episcopal;

DECRETAMOS:

Art. 1° - Erigimos canónicamente, con personalidad jurídica pública en la Iglesia, el Venerable Cabildo de Canónigos de la Santa Iglesia Catedral Metropolitana de la Asunción de la Santísima Virgen María a los Cielos.

Art. 2° - La finalidad primordial de este Cabildo será:
a) Custodiar y promover el esplendor del culto divino, garantizando que las acciones litúrgicas en la Iglesia Catedral se desarrollen con la máxima dignidad y fidelidad a las normas de la Iglesia;
b) Cumplir con el oficio coral y la oración pública de la Iglesia a través del rezo del Oficio Divino;
c) Asistir al Arzobispo en el gobierno de la Arquidiócesis, brindando consejo y colaboración en asuntos de especial trascendencia pastoral o administrativa, conforme a la normativa canónica o a petición expresa del Prelado.

Art. 3° - Corresponde exclusivamente al Arzobispo Metropolitano la facultad de determinar el número de Canónigos y proceder a su libre designación. Quienes sean llamados a este oficio capitular ejercerán su ministerio en fiel observancia de la disciplina universal de la Iglesia, de estos Estatutos ratificados por la Sede Episcopal y de la normativa específica que rige en la Arquidiócesis de México.

El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación.

Dado en la Ciudad de México, en el palacio del Arzobispado, a los dieciséis (16) días del mes de Febrero del año del Señor dos mil veintiséis (2026).

 Roberto Card. Delgado OC-M
Arzobispo Primado de México

Matías Agudelo         
† D. Matías Agudelo    
Canciller del Arzobispado